Normas y Procedimientos

Normas Generales de Registro

bullet Disposiciones Generales
bullet ¿Quién puede registrar un nombre de dominio bajo "pe"?
bullet ¿Cuántos Nombres de Dominio está permitido registrar?
bullet ¿Qué nombres de dominio están permitidos?
bullet Normas de Sintaxis

bullet Prohibiciones
bullet Sobre la solicitud y registro de un nombre de dominio bajo el NIC.PE
bullet Términos y condiciones del registro de nombres de dominio bajo "pe"



Disposiciones Generales

1. El NIC.PE es la autoridad responsable de la asignación y registro de nombres de dominio bajo el dominio ".pe" en Internet.

2. La inscripción de nombres de dominio bajo el dominio ".pe" se regirá por las presentes normas.

3. La delegación de nombres de dominio bajo el NIC.PE tendrá como principio guía en del "primero en llegar, primero en ser servido ("first come, first served")

4. Las presentes normas pueden ser modificadas por la Comisión Multisectorial de Políticas del Sistema Peruano de Nombres de Dominio y serán ejecutadas por NIC.PE. Dichas modificaciones serán difundidas y entrarán en vigor en la próxima renovación del nombre de dominio.



¿Quién puede registrar un nombre de dominio bajo ".pe"?
Podrá registrar un nombre de dominio cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera.



¿Cuántos Nombres de Dominio está permitido registrar?

No hay restricción al número de dominios que pueda registrar una persona natural o jurídica.



¿Qué nombres de dominio están permitidos?

Está permitido el registro de cualquier combinación de caracteres que:

bullet No se encuentren previamente registrados.
bullet Cumplan las normas de sintaxis expuestos explicadas más adelante.
bullet No se encuentren dentro de algunas de las limitantes mencionadas en la norma referida a las Prohibiciones.

En el caso que el dominio solicitado corresponda a una marca, lema comercial o nombre de empresa, este registro solo se podrá hacer por el poseedor del derecho precedente sobre dicha combinación de caracteres, tendrá para ello que demostrar dicho derecho con la documentación otorgada por la autoridad registrante competente.



Normas de Sintaxis

  1. Los caracteres que podrán ser utilizados para conformar un nombre de dominio serán las letras del alfabeto inglés (“a”-“z”). De igual modo se podrán utilizar los dígitos (“0”-“9”) y el guión (“-“). Asimismo, se podrán utilizar los caracteres á, é, í, ó, ú, ñ, ü.

  2. En el caso del guión (“-“), el mismo no puede ir al inicio ni al final de la combinación de caracteres que se solicite, ni podrá utilizarse en la tercera y cuarta posición simultáneamente.
    Por ejemplo "xn--1k2n4h4b"

  3. No hay una longitud mínima requerida, sin embargo se establece 63 caracteres como máximo posible.




Prohibiciones

La solicitud de una combinación de caracteres como nombre de dominio bajo el NIC.PE no será posible si:

  1. Los siguientes nombres son reservados por NIC.PE:
    a1. Reservados en Todos los niveles.
    • aso
    • dnso
    • icann
    • internic
    • pso
    • alac
    • gac
    • iana
    • afrinic
    • pnic
    • arin
    • example
    • gtld-servers
    • iab
    • iana
    • iana-servers
    • iesg
    • ietf
    • irtf
    • istf
    • lacnic
    • latnic
    • lactld
    • rfc-editor
    • ripe
    • root-servers
    • Los nombres de los organismos públicos adscritos a la Administración Pública del Estado Peruano. La información correspondiente a los nombres acá indicados será suministrada y actualizada por la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI). La ONGEI, mediante comunicación escrita notificará al Administrador la lista de nombres a reservar. Las actualizaciones de la lista de nombres entrarán a formar parte de las restricciones al registro a mas tardar 5 días útiles a partir de la notificación de la misma al Administrador.

    a2. Reservados en Todos los niveles.
    • aero
    • arpa
    • asia
    • biz
    • cat
    • com
    • coop
    • edu
    • gob
    • gov
    • info
    • int
    • jobs
    • mil
    • mobi
    • museum
    • name
    • net
    • nom
    • org
    • pro
    • pe
    • peru
    • tel
    • travel
    • cualquier otro gTLD que apareciera

a3. Reservaciones del Segundo Nivel por Operación de Registros.

Se reservan para la operación del registro:

    • nic
    • whois
    • www

NIC.PE se reserva el derecho de otorgar un nombre de dominio mencionado en el punto anterior, tras una evaluación de cada solicitud.



Sobre la solicitud y registro de un nombre de dominio bajo el NIC.PE

La solicitud de delegación de un nombre de dominio se podrá realizar on-line o diligenciando y remitiendo el formulario de solicitud de delegación de un nombre de dominio, por medio de los registradores acreditados ante NIC.PE.

Sólo se tramitarán directamente ante NIC.PE las delegaciones de nombres de dominio de carácter restringido, de conformidad como más adelante se especifican.

La Política de Resolución de Controversias de Nombres de Dominio bajo el NIC.PE, se establece como instrumento para dilucidar las disputas que pudieran aparecer una vez registrado un nombre de dominio bajo el NIC.PE.

Una vez registrado un nombre de dominio, no podrá ser modificado, puesto que implicaría el registro de otro nombre de dominio.

La información indicada por el solicitante es considerada como válida por la entidad registradora o por NIC.PE, siendo que la misma será resguardada por NIC.PE, de acuerdo a los criterios generales sobre uso de información para el Whois, así como a los criterios sobre protección de datos personales.

El registro implica que el nombre de dominio solicitado se encontrará inmerso en el servidor primario y en los servidores redundantes, apuntando al número IP que se haya indicado en la solicitud.

La solicitud de registro representa una aceptación por parte del solicitante de las condiciones establecidas en las presentes políticas, así como en las Políticas de Resolución de Controversias establecidas dentro del sistema Peruano de nombres de dominio bajo el NIC.PE

La delegación de un nombre de dominio implica el mantenimiento en la Tabla de Zona del NIC.PE de dicho nombre, relacionado o no, a determinado número IP, por parte de NIC.PE.

La titularidad, autoridad y responsabilidad última de un nombre de dominio bajo el NIC.PE recae siempre sobre el beneficiario del registro de dicho dominio. En concreto, un registrador no es titular ni responsable de un dominio registrado para una organización o persona a la que presta el servicio.

Una consecuencia importante de la presente norma es que una organización o persona puede conservar el mismo nombre de dominio bajo el NIC.PE independientemente de cambios de proveedor de servicios de registro.

En relación con la norma anterior, la única responsable de posibles vulneraciones de los derechos de propiedad intelectual o industrial, o cualesquiera otros derechos de terceros, que puedan derivarse del registro de un nombre de dominio bajo el NIC.PE para su uso en Internet por una personal natural o jurídica, será de la propia persona que haga dicho registro.

Ni NIC.PE ni los agentes registradores serán responsables de verificar la autenticidad de los antecedentes presentados por el Solicitante, y no tendrán ninguna responsabilidad por el uso que el Solicitante haga de un nombre de dominio una vez inscrito en el Registro.

La base de datos Whois replicará de manera exacta los datos proporcionados por el solicitante y basando en ello su confiabilidad.

Ni NIC.PE ni sus funcionarios, empleados o representantes, son responsables del mal uso de dicho nombre de dominio ni de contenidos que sean transferidos o publicados utilizando dicho nombre de dominio, siendo responsable de dicho uso la persona natural o jurídica a quien se le ha delegado dicho nombre de dominio.

Asimismo, ni la Comisión Multisectorial del Sistema Peruano de Nombres de Dominio, ni NIC.PE tendrán responsabilidad contractual ni extracontractual, bajo ninguna circunstancia, si un nombre de dominio es transferido o revocado por parte de una entidad administrativa, arbitral, judicial o de resolución de disputas bajo la Política de Resolución de Disputas de Nombres de Dominio bajo el NIC.PE



Términos y condiciones del registro de nombres de dominio de DNS bajo "pe"

1. Los datos de los solicitantes (relacionados a los contactos ténicos, administrativos y de facturación) de nombres de dominio son protegidos por NIC.PE.

La información relacionada al nombre real del solicitante y la información del contacto, siempre y cuando se encuentren envueltos en alguna actividad comercial, serán de libre acceso, de acuerdo a los parametros internacionales sobre administración de nombres de dominio.

2. La titularidad, autoridad y responsabilidad última de un nombre de dominio bajo "pe" recae siempre sobre la organización o persona para la que se haya registrado dicho dominio. En concreto, un proveedor de servicio Internet no es titular ni responsable a nivel administrativo (puede serlo a nivel técnico) de un dominio registrado para una organización o persona a la que dé servicio; esto es así independientemente de que el proveedor haya hecho de intermediario ante NIC.PE para el registro de dicho dominio o de que el proveedor esté gestionando, por delegación de la organización, el servidor primario de DNS asociada al mencionado dominio. Una consecuencia importante de la presente norma es que una organización o persona puede conservar el mismo nombre de dominio de DNS bajo "pe" independientemente de cambios de proveedor o de que esté conectado a varios proveedores simultáneamente.

3. En relación con la norma anterior, la única responsable de posibles vulneraciones de los derechos de propiedad intelectual o industrial, o cualesquiera otros derechos de terceros, que puedan derivarse del registro de un nombre de dominio de DNS bajo "pe" para su uso en Internet por una organización o persona, será la propia organización o persona que haga dicho registro.

NIC.PE no será responsable de verificar la autenticidad de los antecedentes presentados por el Solicitante, y no tendrá ninguna responsabilidad por el uso que el Solicitante haga de un nombre de dominio una vez inscrito en el Registro.

4. Cualquier disputa sobre los derechos de uso de un determinado nombre de dominio habrá de ser resuelta entre las partes contendientes utilizando los cauces legales normales, tal y como establece el documento de Internet RFC 1591. En caso de disputa, NIC.PE no tendrá otro papel ni responsabilidad que el de facilitar a las partes en conflicto la información de contacto necesaria para que puedan resolver cualquier cuestión litigiosa de la forma que crean oportuna (acuerdo bilateral, Juzgados y Tribunales competentes, etc.).

5. NIC.PE no será en ningún caso responsable por la vulneración de derechos de propiedad intelectual o industrial, o de cualesquiera otros derechos o intereses legítimos, que pueda derivarse del registro de nombres de dominio bajo "pe" de acuerdo con las presentes normas.

Tampoco serán en ningún caso responsable por las posibles vulneraciones a que se refiere el párrafo anterior los funcionarios, empleados y representantes del NIC.PE.

SERVICIOS Y VENTA

Aviso y normas legales | Red Científica Peruana | Av. Pablo Carriquiry 410 Urb. El Palomar | San Isidro. Lima-Perú