Política de registro

Introducción

La Red Científica Peruana, como parte de los dialogos entre sociedad civil, sector privado, academia y sector gubernamental, estableció las políticas vigentes para el registro de nombres de dominio bajo el ccTLD .PE. Estos dialogos se dieron en el marco de la Comisión Multisectorial de Políticas del Sistema Peruano de Nombres de Dominios establecida por la Resolución Ministerial 285-2005-PCM. Estas políticas se han venido mejorando con el transcurrir de los más de 13 años que se encuentran en operaciones desde diciembre del 2007 que entraron en vigencia.

Las políticas están relacionadas al sistema de comercialización de dominios y al esquema de resolución de conflictos entre nombres de dominio y propiedad intelectual. Este sistema permite mejorar la competitividad de los nombres de dominio bajo el ccTLD .PE, ofreciendo mayores opciones y facilidades a los usuarios: registro y pago en línea, transferencia de un dominio a otro titular, registro en segundo nivel, registros IDN y mecanismos de resolución de disputas.

Con el fin de mejorar y ampliar la oferta del .PE, se estableció la posibilidad de que diversas empresas previamente acreditadas se conviertan en comercializadoras de dominios bajo el ccTLD .PE. Hoy en día existen diversos comercializadores que ofrecen dominios .pe de forma individual o a través de otros servicios de valor agregado como hosting.

Sobre los actores principales del registro de dominios .pe

¿Quién administra el ccTLD .pe?
La Red Científica Peruana, a través del NIC. PE
¿Quién puede solicitar dominios bajo el ccTLD .PE?
Cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera.

Sobre Principios y Normas para el Registro de Dominios .PE

¿Qué principio es aplicable al Registro?
"first come, first served" (al primero que llega es al primero que se le atiende).
¿Cuáles son las Normas de Sintaxis que debe tener el dominio solicitado?
- Caracteres válidos: letras del alfabeto inglés (“a”-“z”), los dígitos (“0”-“9”), el guión (“-“) y los caracteres “á”, “é”, “í”, “ó”, “ú”, “ñ”.
- Guión (-). No puede ir al inicio ni al final del dominio, ni podrá utilizarse en la tercera y cuarta posición simultáneamente.
- Longitud: Mínima 1 carácter, máxima 63 caracteres

Sobre Restricciones y Prohibiciones

¿Hay restricción en el número de dominios que se pueden solicitar?
No hay restricción en el número de dominios que pueda solicitar una persona natural o jurídica.
¿Qué tipo de restricciones existen al registro de un dominio?
- Que el dominio solicitado se encuentren previamente registrado.
- Que el dominio solicitado no cumpla las normas de sintaxis.
- Que el dominio solicitado se encuentren dentro de algunas de las prohibiciones de registro.
- Que el titular del nombre de dominio no cumpla los requisitos para el registro de nombres restringidos.
¿Qué prohibiciones existen para solicitar un nombre de dominio?
- Quedan reservados en todos los niveles los siguientes términos: “aso”, “dnso”, “icann”, “internic”, “pso”, “alac”, “gac”, “iana”, “afrinic”, “apnic”, “arin”, “example”, “gtld-servers”, “iab”, “iana”, “iana-servers”, “iesg”, “ietf”, “irte”, “istf”, “lacnic”, “latnic”, “lactad”, “rfc-editor”, “ripe”, “root-servers” y nombres de los organismos públicos de la República del Perú.
- Quedan reservado en el segundo nivel los siguientes términos: cualquier TLD que se encuentre en la Tabla del IANA, y cualquier otro TLD que se cree en el futuro y se incorpore a dicha Tabla.
- Se reserva en el segundo nivel, por operación de registro, los siguientes términos: “nic”, “whois”, “punto” y “www”.
¿Existen restricciones al registro de domino .pe?
- Sin restricciones: .pe, .com.pe, .org.pe, net.pe y .nom.pe.
- Con restricciones: .gob.pe, .mil.pe, .edu.pe

Sobre los Procedimientos de Registro

¿Cuál es el procedimiento de solicitud y registro de un nombre de dominio?
- Solicitud en línea.
- Pago en línea o físico.
¿Qué otros procedimientos existen para los dominios registrados?
- Modificación de datos de un registro ya existente.
- Revocación (o anulación) de un nombre de dominio.
- Transferencia de nombre de dominio a solicitud de parte u orden administrativa, judicial o de una Centro de Resolución de Controversias.
¿Qué otros temas se consideran al momento de registrar un nombre de domino?
Protección de datos personales de los titulares de dominios.

Sobre Conflictos y Controversias

¿Por qué causales se puede suspender, anular, revocar o tranferir un dominio ya registrado?
Causales de suspensión:
- Falta de pago de renovación (el dominio se suspende a la fecha de vencimiento y se elimina porteriormente a los 30 días, si no se hace efectivo el pago).
- Por resolución judicial, administrativa o laudo arbitral, en ese sentido.
- Por falta de información o de validación de información brindada por parte del Titular ante requerimiento del Administrador, en cualquier momento.
Causales de revocación o cancelación:
- Falsedad en los datos facilitados por el Titular para el registro del nombre de dominio, o de requerirle información o validación de información y brinde información falsa.
- Falta de pago del mantenimiento o renovación del dominio.
- Por resolución de un Centro de Resolución de Controversias.
- Por resolución judicial, administrativa o laudo arbitral, en dicho sentido.
- Por utilización del nombre de dominio contrario a la ley.
- A solicitud expresa del beneficiario.
Causales de transferencia:
- Por resolución de un Centro de Resolución de Controversias.
- Por resolución judicial, administrativa o laudo arbitral.
- A solicitud expresa del beneficiario.
¿Cómo se solucionan los conflictos entre nombres de dominio y propiedad intelectual?
- Política de solución de controversias.
- Sistema de resolución de controversias posterior al registro del nombre de dominio.

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